Elecciones al Claustro Universitario de la UPC

La UPC convoca las elecciones para la renovación total del Claustro Universitario, que tendrán lugar del 27 al 30 de abril, a través de urna electrónica. El Claustro Universitario es el máximo órgano de representación y participación de la comunidad universitaria y de expresión de su posición y aspiraciones.

02/03/2026

Hoy, 2 de marzo, el rector de la Universidad Politècnica de Catalunya - BarcelonaTech (UPC), Francesc Torres, ha convocado las elecciones para la renovación completa del Claustro Universitario, que tendrán lugar desde el 27 (a las 10 h) al 30 de abril (a las 09.59 h) a través de votación electrónica.

Nuevos Estatutos y renovación del Claustro Universitario

La convocatoria electoral es consecuencia del acuerdo GOV/284/2025, de 9 de diciembre de 2025, por el que se aprobaron los nuevos Estatutos de la UPC. Esta nueva normativa regula la constitución de un nuevo Claustro Universitario, con un mandato de 4 años, y que presenta las siguientes novedades:

1. Estará constituido por 300 personas, entre miembros natos y elegidos.

2. Dada la nueva organización general de la estructura de la Universidad serán miembros natos, entre otros, los decanos y decanas y los directores y directoras de las unidades estructurales, que incluye centros docentes, departamentos e institutos universitarios de investigación.

3. La representación de la comunidad universitaria de la UPC se divide en cuatro sectores, con la nueva nomenclatura de personal académico (PA), que engloba tanto al personal docente e investigador como al investigador, con los porcentajes de representación en el órgano siguientes:

a. Profesorado funcionario de los cuerpos docentes universitarios y profesorado permanente laboral (PA-A), representando un 51%.

b. Personal académico no incluido en el sector anterior (PA-B), que representa un 12%.

c. El personal técnico, de gestión y administración y servicios (PTGAS), con un 12% de representación.

d. Los estudiantes de grado y máster universitario (EGM), con un 25% de representación.

4. En cuanto a los miembros electos del personal académico PA-B se ha establecido la siguiente clasificación:

a. Profesorado asociado (PA-B1).
b. Personal investigador no permanente (PA-B2), donde se garantiza un mínimo de representación de los doctorandos y doctorandas.
c. Personal académico no incluido en las clasificaciones anteriores (PA-B3), garantizando la representación del personal docente e investigador no permanente.