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Obligaciones de los beneficiarios

Las personas beneficiarias de las ayudas se comprometen a:

1. Firmar el convenio financiero Erasmus+ y la correspondiente addenda en el caso de modificar las fechas de estancia inicialmente prevista.


2. Entregar a la secretaría del centro donde se está matriculado el original de la orden SEPA, firmada por el titular de la cuenta bancaria. Este documento está disponible en el apartado de “cuentas bancarias” de la e-secretaria.


3. Realizar el test inicial de idiomas antes de iniciar la estancia de movilidad y el test final una vez finalizada ésta. Estos test son obligatorios.

 

4. Hacer llegar a la Oficina de Relaciones Internacionales que le corresponda:

al iniciar la estancia:

- Un certificado de incorporación (en formato word o en formato pdf ) expedido por la institución receptora donde consten las fechas previstas de inicio y, si procede, final de la estancia. Este certificado se puede enviar escaneado por correo electrónico.


al finalizar la estancia:

- Un certificado de estancia (en formato word o en formato pdf ) expedido por la institución receptora con indicación de las fechas de inicio y final de la estancia. El certificado de estancia tiene que ser original.

- Además, el centro donde la persona beneficiaria está matriculada podrá requerir más documentación para gestionar el reconocimiento de créditos.

- Las tarjetas de embarque del avión, tanto del viaje de ida como del de vuelta.

5. Rellenar el informe final (encuesta) que le hará llegar el SEPIE por correo electrónico. Este informe se hará online y es obligatorio para todos los participantes del programa Erasmus+, independientemente de si tienen beca o no.

6. Respetar la normativa de la institución de destino, así como la legislación general del país de estancia.

7. Devolver el importe íntegro o proporcional de la ayuda concedida en caso de renuncia total o parcial o de acortamiento del periodo de la estancia sin existir causa de fuerza mayor. También se tendrán que devolver los importes percibidos indebidamente en los casos en que se haya producido un error de cálculo.

La no devolución de estos importes implica la suspensión temporal de los servicios académicos.