Trabajo para estudiantes

Estudiantes con nacionalidad de la UE

Si eres ciudadano de un país de la Unión Europea y has obtenido una oferta de empleo (o prácticas) de una empresa española, puedes trabajar pero deberás realizar el trámite registro de ciudadano de la Unión Europea (ver información sobre el trámite en este enlace; si no lo habías hecho anteriormente a tu llegada). Con dicho trámite obtendrás un número de NIE (Número de Identificación de Extranjero) que, junto con un documento que aportará la empresa que te contrata, te permitirá solicitar un número de la Seguridad Social española en alguna de las oficinas de la Seguridad Social.

 
Estudiantes con nacionalidad de fuera de la Unión Europea

Si tienes un visado de estudiante español o TIE, por defecto no puedes trabajar en España, ya que el objetivo principal de tu estancia es estudiar.

Sin embargo, con tu visado sí puedes realizar unas prácticas en una empresa en el marco de tu programa de estudios, y no necesitarás realizar ningún trámite adicional.
Nota: consulta la normativa de prácticas de tu centro para saber qué requisitos y restricciones se aplican. Los estudiantes que acaban de iniciar sus estudios no pueden realizar prácticas.

Cualquier otro tipo de trabajo remunerado fuera de tu programa de estudios te obliga a realizar un trámite llamado "autorización de trabajo para estudiantes". Este permiso limita el número de horas que puede trabajar a la semana (el máximo aproximado, en caso de concesión, sería de una media jornada y que no comprometiese tu rendimiento académico, porque el principal objetivo de tu estancia en España son tus
estudios) y se limita a una empresa específica. Además, es la empresa la que debe realizar el trámite para poder contratarte (no puedes hacer el trámite por tu cuenta como estudiante) y dicho trámite suele demorarse unos 2 meses.

Para tramitar una autorización de trabajo para estudiante (ATE), la empresa deberá solicitar una cita con el departamento de la Generalitat correspondiente que tiene la autoridad para tramitar dicho permiso. Más información sobre el procedimiento está disponible en el siguiente sitio web:
https://treball.gencat.cat/es/ambits/estrangeria/cerca_tramits/tramits/autoritzacions_compte_altri/aut05a/index.html

Nota: Para poder tramitar una ATE el estudiante no comunitario debería contar ya con una tarjeta TIE para su estancia en España, trámite que se realiza a la llegada a España y es la extensión del visado, que suele demorarse varias semanas. Es por ello por lo que los estudiantes no comunitarios no deben contar con poder trabajar de ninguna manera durante al menos durante su primer semestre después de llegar a España.