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Seguro

 

  • Estudiantes de países de la Unión Europea (estudiantes UE)

Antes de venir a España, los estudiantes de la UE deben solicitar la tarjeta sanitaria europea (TSE) en su país de origen, a través del organismo de su país homólogo a la Seguridad Social española.

 

La tarjeta sanitaria europea permite acceder a la atención sanitaria pública durante una estancia temporal en cualquiera de los 28 estados miembros de la UE, además de Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza, en las mismas condiciones y al mismo coste (la asistencia es gratuita en algunos países) que las personas aseguradas en ese país. Encontraréis más información sobre ella en el siguiente enlace: http://ec.europa.eu/social/main.jsp?catId=559&langId=es.z

Esta tarjeta certifica el derecho a recibir tratamiento médico en la Unión Europea y debe ser presentada para recibir asistencia o tratamiento. En España, la asistencia médica puede recibirse en los centros médicos de la Seguridad Social (centros de atención primaria, también llamados CAP, y hospitales públicos).

Nota: en función de los acuerdos existentes entre la Seguridad Social española y la del país de origen, y de las distintas coberturas médicas de la Unión Europea, te rogamos que compruebes la disponibilidad de servicios, especialmente si estás recibiendo un tratamiento médico.

Si quisiérais/ necesitárais contratar un seguro médico privado, una buena opción es el económico seguro OnCampus Estudia, de la empresa OnCampus que tiene un acuerdo con la UPC. Encontrarás información sobre este seguro en el enlace: http://oncampus.es/seguros/oncampus-estudia/


  • Estudiantes de países de fuera de la Unión Europea (estudiantes no UE)

En el momento de tramitar el visado de estudios, a los estudiantes cuya nacionalidad no es de la Unión Europea ya se les requiere contratar un seguro médico privado. Una vez en España, y dependiendo del periodo por el que hayan contratado el seguro en su país de origen, deberán renovarlo (o contratar otro seguro médico privado aquí) que les garantice la asistencia médica mientras permanezcan en España.

 

Aquellos estudiantes que permanezcan más de un año en España y deban renovar su permiso de estancia por estudios, deberán presentar la evidencia de contar con un seguro médico que cubra los posibles gastos médicos que puedan generar en España (junto con otros documentos) para conseguir la renovación.

 

La Seguridad Social española no cubre los gastos sanitarios originados por los ciudadanos de países de fuera de la UE, excepto si están trabajando en España o han venido con algún tipo de beca que incluya estos servicios. En el caso de que acudan a los servicios médicos públicos españoles, deberán pagar el servicio, cuyo precio suele ser superior al de un médico privado, debido a la saturación del sistema.

 

Los estudiantes de fuera de la UE pueden consultar si existe algún acuerdo bilateral entre la seguridad social de su país y la de España que le permita tener asistencia médica. Deben tener también en cuenta que la mayoría de acuerdos bilaterales hacen referencia a los trabajadores, pero no a los estudiantes. Encontrarán dicha información en el siguiente enlace:
http://www.seg-social.es/Internet_1/Masinformacion/Internacional/Conveniosbilaterales/index.htm


Por lo que hace referencia a los seguros médicos privados, los estudiantes pueden contratar cualquiera de entre los que conozcan o consideren que les puede ser conveniente. Los únicos requisitos que el seguro debe cumplir son los siguientes:

-       que cubra la atención médica general,

-       también la consulta a especialistas médicos si fuera necesario,

-       los gastos derivados de la atención médica provocada por un eventual accidente

-       y la/s hospitalización/ciones y cirugía/s en caso necesario

 

Una buena opción es el seguro de salud de OnCampus estudia, empresa que tiene un acuerdo con la UPC:

http://oncampus.es/seguros/oncampus-estudia/ 

 

  • Información general sobre el seguro escolar obligatorio

    Todo estudiante español menor de 28 años tiene derecho al seguro escolar obligatorio. El pago de la cuota tiene carácter anual y obligatorio, y se realiza en el momento de formalizar la matrícula. Los estudiantes extranjeros de países que tienen convenio con el Estado español también pueden ser beneficiarios de este seguro. El seguro escolar obligatorio cubre los accidentes que se produzcan en el campus y durante los desplazamientos hacia o desde éste.