Autorización de trabajo para estudiantes (A.T.E.)

Un estudiante internacional cuya nacionalidad no pertenezca a la Unión Europea no tiene un permiso automático para trabajar.

El primer paso es obtener la tarjeta de estancia como estudiante (si tu visado de estudios es "de larga duración" y no por "estudios hasta 180 días"; ver detalles en el apartado correspondiente).

A partir de aquí y, tras obtener una oferta de trabajo de una empresa, la empresa que desea contratarte puede realizar el trámite de una "Autorización de trabajo como estudiante"(ATE).  Este permiso te permite trabajar un número limitado de horas por semana ,a tiempo parcial (ya que tu estancia en España tiene como fin principal el estudio) y está limitado a una empresa determinada, que es la que debe solicitar el permiso para ti.
 

ESTE TRÁMITE DEPENDE DE LA GENERALITAT DE CATALUNYA.
 

El el siguiente enlace de la Generalitat puedes encontrar la información detallada sobre este trámite:

https://treball.gencat.cat/ca/ambits/estrangeria/cerca_tramits/tramits/autoritzacions_compte_altri/aut05a/index.html#googtrans(ca|es)