FAQs (preguntas frecuentes)

 

Apartados en los que están agrupadas las preguntas frecuentes:

 

Preguntas Frecuentes

 

Sobre la renovación

1. ¿En qué se diferencia la renovación (del permiso de estancia por estudios) del proceso con el que solicité mi primera tarjeta TIE al llegar a España?

El proceso de renovación tiene dos fases:

a)     Reunir y presentar unos cuantos documentos que acreditan que sigues cumpliendo las condiciones para continuar estudiando en España;

b)     Una vez estos documentos han sido aceptados, solicitar la nueva tarjeta TIE (fase parecida a la tramitación que realizaste al llegar a estudiar a España, cuando solicitaste la primera tarjeta TIE yendo a la Comisaría de Policía).

 

2. ¿Cuándo debo iniciar la renovación de mi permiso de estudios en España?

Puedes hacerlo desde el momento en que falten menos de 60 días para el vencimiento de tu TIE y hasta los 90 días posteriores a dicho vencimiento.

El mejor momento suele ser cuando falten unas tres semanas para el vencimiento, ya que en la renovación deberás aportar la nueva matrícula y las notas del último periodo. Sin embargo, según el momento del año en que debas renovar, esto puede ser más o menos fácil.

Si tienes cualquier duda en este sentido, sería mejor que nos consultaras tu caso específico escribiendo a:

Atención: Si no has iniciado la renovación de tu tarjeta TIE y esta se te caduca, quedarías ilegal al día siguiente de su caducidad. Por ello, aunque la normativa permite tramitar la renovación durante los 90 días posteriores a la caducidad de la TIE, es muy recomendable iniciar la renovación antes de la fecha de caducidad, para así tener en todo momento un documento que respalde tu legalidad en España.
 
3. ¿Puedo iniciar la renovación un poco antes de los 60 días últimos de vigencia de la TIE?

No, en absoluto. Si inicias aunque sea un día antes de los 60 últimos, tomarán tus documentos pero, al cabo de un par de meses (o más), te los devolverán indicándote que debes iniciar de nuevo la renovación.

Por lo tanto, es muy importante que, en caso de que quieras iniciar la renovación lo antes posibles, cuentes bien los días, para estar seguro/a de iniciar cuando falten menos de 60 días para el vencimiento de la TIE.

Certificado digital

 1. ¿Hasta qué punto es importante que obtenga un certificado digital para poder hacer la renovación online en lugar de presencial?

En principio, siempre es mejor renovar online porque te ahorra tiempo en la presentación (no hay que personarse en un lugar, habitualmente con cita, etc.) y según indican las autoridades legales (Subdelegación), el trámite es más rápido si se hace online.

(Nota: Sin embargo, debes tener en cuenta que, durante el periodo entre julio y octubre de cada año, se realizan la mayoría de las renovaciones de permisos de estancia por estudios. Durante ese lapso de tiempo, las renovaciones suelen demorarse entre 3-4 meses, y no hay mucha diferencia entre las renovaciones presentadas online y las presentadas presencialmente, aunque las online siempre van un poco más rápido.)

También es aconsejable hacer el trámite online en caso de que viajes. Si inicias la renovación y luego viajas, si hubiera un requerimiento de documentos, podrás saber qué te reclaman y presentarlo antes de volver. En caso contrario, no.

 2. ¿Qué debo tener en cuenta para solicitar un certificado digital?

Sólo podrás conseguir el certificado digital mientras tu tarjeta TIE está en vigor, ya que uno de los pasos, como verás en las instrucciones sobre cómo solicitar el certificado, es personarse e identificarse en una Oficina de la Seguridad Social. Allí sólo van a aceptar tu identificación si tu tarjeta TIE está en vigor.

Hay que tener en cuenta que, en momentos puntuales, como fué el caso de la pandemia, al ser necesario pedir cita para el trámite de identificación, pueden tardar más que habitualmente.

 

 3. Tengo un problema técnico en la instalación del certificado digital

Si el problema técnico persiste, la FNMT dispone de un servicio de atención al usuario, con el que podrás contactar bien por teléfono, por correo electrónico, o a través de un formulario. También dispone de un apartado de preguntas frecuentes donde encontrarás los mensajes de error más habituales:

Atención a Usuarios - Sede (fnmt.gob.es)

 

 4. ¿Hay opción de acceder a la página para obtener el certificado digital en inglés?

No, actualmente sólo existe la opción de solicitarlo en castellano.

 

 5. Ya tengo el certificado digital instalado, sin embargo, tengo problemas para presentar los documentos de la renovación de la TIE

Puedes contactar con nosotros en la Oficina OMI. Intentaremos ayudarte con los trámites

 

 6. Si tengo un certificado digital, ¿puedo realizar la renovación desde mi país y, si me conceden el permiso, volver a España en base al mismo?

No, lo único que te da derecho a volver a España sin hacer ningún trámite en el Consulado de España en tu país es la TIE en vigor. Por tanto, aunque iniciaras la renovación desde fuera de España (lo cual no es aconsejable pues, mientras envías los documentos online, tienes que declarar que lo estás haciendo desde España), y pudieras culminar la renovación de manera favorable y recibir el documento de concesión de la prórroga del permiso, dicho documento no te da derecho a volver a entrar en España, sólo lo hacen:

a) un visado

b) la tarjeta TIE en vigor, o

c) la autorización de regreso obtenida antes de abandonar España

El certificado digital te ayuda porque la tramitación de tu permiso será más rápida y, en caso de que inicies el trámite y salgas de España, podrás recibir con facilidad la notificación de los posibles requerimientos y responderlos para que la tramitación continúe sin problemas, pero no te sirve para empezar la tramitación desde otro país ya que, aunque obtuvieras el permiso de esa manera, no podrías volver a España sin pedir un nuevo visado de estudios en el Consulado de España.

Documentos

  1. ¿Qué sucede si no he abierto una cuenta en un banco en España? ¿Cómo puedo justificar los medios económicos?

Las opciones indicadas en las instrucciones sobre los posibles documentos a presentar para justificar tus medios económicos en la renovación TIE (documento disponible en el apartado 3 de esta web) son las que indica la Subdelegación del Gobierno en Barcelona. Es esta autoridad legal la que indica que puedes utilizar cualquiera de las opciones indicadas y sólo una. Sólo van a aceptar una de las opciones que se indican en el documento de instrucciones; ninguna otra.

En caso de acreditar los medios económicos por medio de una cuenta bancaria (opciones 1 y 2 del mencionado documento), sólo aceptan que este banco se encuentre en España. Si no tienes una cuenta abierta en un banco en España, debes intentar utilizar cualquier de las otras 3 opciones indicadas en el documento con la lista de documentación a presentar , dado que si intentas justificarlo de otra manera, los medios económicos serán rechazados. No es necesario que el banco sea español, pero sí que el dinero se encuentre en una sucursal bancaria localizada en España.

 2. Para renovar mi TIE, ¿puedo utilizar el mismo seguro que utilicé cuando obtuve el visado en mi país?

Es importante saber que los criterios que utilizan los Consulados de España al otorgar los visados y los que utilizan las autoridades españolas en la renovación de vuestra estancia, en lo que hace referencia al seguro médico, no son los mismos.

Por lo tanto, puede ser que el seguro médico que fue aceptado para obtener tu visado, no sea aceptado aquí para la renovación de tu permiso de estancia por estudios.

Si tienes un seguro privado de salud, por favor revisa las condiciones que este debe cumplir (y que deben estar claramente especificadas en los documentos que presentes acerca del seguro médico). Para ello, consulta el documento con la lista de documentación a presentar para la renovación TIE, en el apartado 3 de esta web, donde se indican las condiciones que debe cumplir el seguro médico.

Si tuvieras cualquier duda sobre el seguro médico, consúltanos escribiendo a: oficina.mobilitat.internacional@upc.edu

Requerimiento (petición oficial de documentación adicional)

  1. ¿Qué debo hacer si recibo un requerimiento de documentos? ¿De cuánto tiempo dispongo para responderlo?

Si te requieren algún documento, hay que presentarlo enseguida para que el trámite continúe. En la parte de atrás del escrito de requerimiento están indicados (con una información general) el/los documento/s requerido/s. En cuanto lo recibas, . Te asesoraremos sobre los documentos que debes presentar. (Ten en cuenta que, con la respuesta al requerimiento, deciden si te otorgan o no la prórroga del permiso de estancia por estudios. Sólo hay una oportunidad y no volverán a requerirte nada más. Si te deniegan la renovación quedarías ilegal.)

El escrito de requerimiento indica que dispones de 10 días naturales para presentar la documentación requerida; a veces tardan más en archivar el expediente si no se aportan los documentos requeridos, aunque uno no puede saberlo. Por lo tanto, no presentéis más tarde de los 10 días, pues a partir de esa fecha pueden archivar cuando quieran (y entonces quedaríais en situación ilegal).

2. He visto en la web que me han requerido documentos, pero no sé cuáles, ¿qué puedo hacer?

-         Si has presentado los documentos online (con tu certificado digital), debes revisar, en la página: https://dehu.redsara.es. Allí, al cabo de unos días de ver en la web que tu estado es "en trámite requerido", encontrarás el requerimiento y podrás descargarlo. En la mencionada página podrás encontrar, durante la tramitación, todas las notificaciones que las autoridades españolas te envíen.

-         Si presentaste los documentos de renovación presencialmente, te enviarán el requerimiento por correo postal al domicilio que habías indicado en el formulario. Ten en cuenta que estos envíos por correo pueden llegar a tardar hasta dos semanas, pero llegará.

-         De todos modos, en el caso de presentaciones presenciales, y si ya han pasado un par de semanas (desde que viste en la web que tu estado cambió de "en trámite" a "entrámite-requerido") sin recibir nada todavía, entonces puedes consultar a la Subdelegación del Gobierno. En este enlace te explicamos como hacer la consulta.

Solicitar la tarjeta TIE

  1. He visto que mi resolución es ya FAVORABLE, pero ¿cómo puedo estar seguro/a de que puedo solicitar una nueva tarjeta TIE?

Para poder solicitar una nueva tarjeta TIE, el periodo renovado debe ser superior a seis meses. Esta información sólo se ve en la resolución de concesión del nuevo permiso, documento que se te envía a casa por correo postal si has presentado presencialmente tus documentos de renovación, o bien se cuelga en la web https://dehu.redsara.es, si has realizado el trámite online con tu certificado digital.

Antes de solicitar cita para ir a la Comisaría de Policía, es mejor esperar a ver la resolución (sobre todo los estudiantes de grado o máster, ya que las resoluciones de estudiantes de doctorado suelen ser siempre por un año).

Si tarda tiempo en llegarte el escrito de la resolución, puedes arriesgarte y pedir cita en la Policía para la tarjeta, aunque debes tener en cuenta que, si finalmente te hubiesen concedido menos de seis meses, habrías pagado una tasa en vano y no te emitirían la tarjeta TIE.

 2. Tengo ya el resguardo de la nueva tarjeta TIE, ¿cuándo puedo tener el original de la misma?

Suele ser al cabo de 45 días después de acudir a la cita con la Policía. Si tienes mucha prisa, puedes internarlo antes (y siempre después de que hayan pasado 30 días), pero debes saber que puede ser que la tarjeta aún no esté lista. Sólo tienes la garantía de que estará a tu disposición al cabo de 45 días.

Viajes

1. ¿Qué debo tener en cuenta si debo renovar y viajar durante la renovación?
Tu tarjeta TIE te permite volver a entrar en España sin problemas después de un viaje, pero sólo durante el periodo en que está vigente. Por tanto, si debes viajar durante el proceso de renovación y volver con la tarjeta caducada, lee por favor la respuesta a la siguiente pregunta (más abajo), para que puedas volver sin problemas.
También debes tener en cuenta que el periodo de renovación del permiso de estancia por estudios empieza cuando falten menos de 60 días para el vencimiento de la tarjeta. Si trataras de viajar antes de ese periodo y volver a España cuando la tarjeta ya hubiera caducado, la única forma de hacerlo sería solicitar y obtener en tu país un nuevo visado de estudios; antes de volver.
 
2. Si durante el proceso de renovación quiero viajar a mi país, ¿qué debo hacer para poder volver a España sin problemas?
Si vas a viajar durante el proceso de renovación del permiso de estancia por estudios y deseas volver a España después de la fecha de vencimiento de la tarjeta TIE que estás renovando, para poder volver sin problemas a España, debes:
a)     Iniciar la renovación TIE antes de irte, y
b)     Además obtener, también antes de viajar, la autorización de regreso, que te permitirá volver un máximo de 90 días después de la obtención de la misma (en el siguiente enlace, encontrarás toda la información sobre este trámite: https://www.upc.edu/sri/es/estudiantado/movilidad-estudiantes/incomings/tramites-legales/durante-tu-estancia/renovacion-tie/necesitas-viajar-durante-la-renovacion/necesitas-viajar-durante-la-renovacion y sobre cómo realizar el trámite aquí: https://www.upc.edu/sri/es/estudiantado/movilidad-estudiantes/incomings/tramites-legales/durante-tu-estancia/para-tus-viajes-autorizacion-de-regreso/para-tus-viajes-autorizacion-de-regreso)
 
3. Quiero viajar a otros países de la Unión Europea, pero la renovación de mi TIE está en trámite. ¿Puedo hacerlo?


No. El resto de países de la Unión Europea sólo reconocen la Tarjeta de Estudiante en España (TIE) mientras esta está en vigor. Si pretendes viajar a otro país de la Unión Europea cuando tu tarjeta se está renovando y caduca durante el viaje, ya no te dejarán emprender el viaje y podrías encontrarte bloqueado/a en otro país y sin poder volver a España.
Por otra parte, no puedes viajar como turista (aunque los convenios con tu país lo permitieran), porque tu estancia en Europa no es como turista, sino como estudiante en España, y las regulaciones de los países europeos son estrictas en este sentido.
Si quisieras viajar a otro país de la UE mientras tu TIE española se está renovando, debes ponerte en contacto con el Consulado en España del país de la UE al que desees viajar y debes preguntarles qué documento o visado deberías obtener para hacerlo.


Importante: Planifica tus viajes con la máxima antelación. Consulta antes de comprar tus billetes de avión u otro transporte.
 
4. Tuve que viajar a mi país, pero he permanecido en él más de tres meses y mi tarjeta está vencida, aunque está tramitándose la renovación de la misma. ¿Cómo puedo volver?


Si has viajado sin tramitar la autorización de regreso (o bien la autorización de regreso ha caducado porque has permanecido en tu país más tiempo del que duraba la misma), aunque el trámite de renovación se resuelva mientras estás en tu país y el resultado sea favorable, no podrás volver si no es con un nuevo visado de estudios.
Sólo la posesión de la nueva tarjeta TIE, que se tramita sólo en España después de obtener el resultado favorable, te daría derecho a volver a España. Y este trámite es personal y no lo puede hacer nadie más que tú.
En casos como éste, recomendamos siempre consultar al Consulado de España en tu país, por si desde allí pudiera haber algún otro tipo de trámite posible; sin embargo, según nuestra experiencia, en casos como el descrito aquí sólo se puede volver con un nuevo visado de estancia por estudios, obtenido en el Consulado de España en tu país.
 
5. ¿Qué sucede si había tenido una tarjeta TIE, pero he vuelto de mi país con un nuevo visado de estudios?


Si has debido volver a España con un nuevo visado de estudios, olvida tu anterior tarjeta TIE, que ya no se puede renovar de ningún modo.
En este momento, tu legalidad en España se fundamenta en tu visado y el trámite que debes realizar es el mismo que hiciste cuando llegaste como estudiante por primera vez en España, es decir, solicitar la primera TIE (en este caso, no será la primera, pero el trámite se realiza del mismo modo que la primera vez).

Renovar para un periodo inferior a 6 meses

1. Me quedan menos de seis meses para terminar mis estudios en España, ¿debo renovar mi permiso de estancia por estudios?


Sí, para estar legal en España es necesario que un estudiante tenga el permiso de estancia por estudios válido durante toda su estancia.
Hay que renovar el permiso por el periodo necesario para terminar tu programa de estudios.
Los requisitos son los mismos que para renovar por más tiempo (si bien, adaptados al periodo, ver respuesta a la siguiente pregunta), aunque lo que no es posible es tener una tarjeta TIE si el periodo renovado es inferior a 6 meses.
Sin embargo, emitirán un escrito con una resolución de concesión, que indicará claramente el periodo por el que estarás legal en España y que acreditará tu legalidad durante todo ese periodo.
 
2. Para renovar por menos de seis meses, ¿cuáles con las principales circunstancias a tener en cuenta? ¿En qué varía el proceso de renovación?
Los documentos a presentar son los mismos, pero adaptados al periodo:
a)     Los medios económicos, por el tiempo que se necesite (si puedes, presenta entonces el saldo de tu cuenta en un banco en España, que sea por un importe mínimo de 600,00 € multiplicado por los meses que sean);
b)     El seguro médico no hace falta que sea por un año, sino por el periodo necesario;
c)     Si te falta sólo presentar el TFM, por ejemplo, y te vas a demorar unos meses más, es necesaria, en lugar de la matrícula, una carta de tu tutor/a indicando una fecha concreta en que vas a presentar el TFM. Si te falta sólo el TFM y no lo habías matriculado anteriormente, tienes que presentar la matrícula del mismo y su comprobante de pago.
En el resto de los documentos, no hay variaciones con la renovación por un año. (Consulta el apartado 3 de esta web.)

 

Para cualquier duda o cuestión, consúltanos escribiendo a: