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Estudiantes con título universitario extranjero

Los estudiantes con un título extranjero de educación superior pueden solicitar:


Homologación a título habilitante español: el reconocimiento oficial de la formación superada para la obtención de un título extranjero, equiparable a la exigida para la obtención de un título español que habilite para el ejercicio de una profesión regulada.


Equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial: es el reconocimiento oficial de la formación superada para la obtención de un título extranjero, como equivalente a la exigida para la obtención de un nivel académico inherente a cualquier de los niveles en que se estructuran los estudios universitarios españoles, así como a las titulaciones correspondientes en una área y campo incluido al anexo II en que se pueden agrupar las diferentes titulaciones oficiales de estudios universitarios españoles, con exclusión de los efectos profesionales respecto de los títulos susceptibles de obtenerse por homologación.


Convalidación de estudios extranjeros por estudios universitarios españoles parciales: es el reconocimiento oficial, a efectos académicos, de la validez de estudios superiores hechos al extranjero, tanto si han finalizado con la obtención de un título como si no, respecto de estudios universitarios españoles que permitan proseguir estos estudios en una universidad española.


Correspondencia a nivel MECES (Marco Español de Calificaciones para la Educación Superior): la declaración de correspondencia a un nivel del MECES, de un título de arquitecto, ingeniero, licenciado, arquitecto técnico, ingeniero técnico o diplomado universitario.


Equivalencia del grado académico de doctor: La equivalencia del grado académico de doctor supone el reconocimiento oficial de la formación superada para la obtención del título de doctor al extranjero.

 

Más información

Real Decreto 889/2022, de 18 de octubre, por el que se establecen las condiciones y los procedimientos de homologación, de declaración de equivalencia y de convalidación de enseñanzas universitarias de sistemas educativos extranjeros y por el que se regula el procedimiento para establecer la correspondencia al nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior de los títulos universitarios oficiales pertenecientes a ordenaciones académicas anteriores.

Orden ECD/2654/2015, de 3 de diciembre, por la que se dictan las normas de desarrollo y aplicación del Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, en cuanto a los procedimientos para la homologación y declaración de equivalencia de títulos extranjeros de educación superior.