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Adaptación

El Consejo de Gobierno de la UPC aprobó en su sesión de 11 de noviembre de 2014, respecto a los estudios universitarios que se extinguen, el documento "Aprobación del marco de extinción de titulaciones de grado y máster universitario" (acuerdo CG 211/2014 - disponible únicamente en catalán).

Este documento sienta las bases, de acuerdo con la legislación vigente, del procedimiento de extinción de las actuales titulaciones y establece los criterios de adaptación de los estudiantes existentes al nuevo plan de estudios. Respecto a la extinción, los estudiantes que ya hayan iniciado estudios de grado dispondrán de cuatro convocatorias de examen en los dos cursos académicos siguientes a la extinción de cada curso, para poder finalizarlos. En el caso de estudios de máster, dispondrán de dos convocatorias de examen en el curso académico siguiente a la extinción de cada curso, para poder finalizarlos.

La UPC establece, como norma general, un procedimiento de extinción de sus titulaciones curso a curso. De acuerdo a la legislación vigente, los estudiantes que así lo deseen tienen derecho a finalizar los estudios que han iniciado, siempre en el marco temporal de extinción aprobado.

De acuerdo con las directrices anteriormente mencionadas, para los estudiantes que no hayan finalizado sus estudios y deseen incorporarse al nuevo estudio que lo sustituye y para aquellos que, habiendo agotado las convocatorias extraordinarias para los planes de estudio en proceso de extinción no las hayan superado, se procederá al proceso de adaptación al nuevo plan de estudios.

El centro establecerá mecanismos para dar la máxima difusión entre los estudiantes del procedimiento y los aspectos normativos asociados a la extinción de los actuales estudios y a la implantación de la nueva titulación. Para ello realizará reuniones informativas específicas con los alumnos interesados en esta posibilidad y publicará a través de su página web información detallada del procedimiento a seguir.

La información que será pública y se facilitará a los estudiantes interesados en adaptarse a la nueva titulación será:

  • Titulación que sustituye a la titulación actual.
  • Calendario de extinción de la titulación actual y de implantación de la nueva titulación.
  • Convocatorias extraordinarias que dispone el estudiante que desee finalizar los estudios ya iniciados.
  • Tabla de equivalencias entre las asignaturas del plan de estudios actual y el nuevo plan de estudios.
  • Aspectos académicos derivados de la adaptación (asignaturas superadas que no tienen correspondencia con el nuevo plan de estudios, las prácticas externas realizadas, etc.).

Dicha información será aprobada por los correspondientes órganos de gobierno del centro docente.

Por otro lado, se harán las actuaciones necesarias para facilitar a los estudiantes que tengan pendiente únicamente la superación del Trabajo de Fin de Grado o el Trabajo de Fin de Máster, la finalización de sus estudios en el plan de estudios en el cual los iniciaron, si así lo desean (siempre y cuando se encuentren dentro del marco temporal de extinción aprobado).

En cualquier caso, para proceder a la adaptación los estudiantes han de cumplir con los requisitos de acceso establecidos para el nuevo plan estudio que sustituye a los estudios ya iniciados.