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Apoyo a la inclusión

El Servicio Español para la Internacionalización de la Educación (SEPIE) contempla un programa especial de ayudas para aquellos estudiantes con menores oportunidades que los impida acceder a las oportunidades que ofrece el programa, ya sea por motivos:

  • económicos
  • sociales
  • culturales
  • geográficos
  • de salud
  • por su origen inmigrante
  • discapacidad
  • dificultades de aprendizaje
  • discriminación de cualquier tipo

Estas ayudas serán de adjudicación directa en algunos casos y, en el resto, previa solicitud al SEPIE.

Adjudicación directa

Se adjudicará automáticamente esta ayuda adicional a las personas que tengan concedida una beca Erasmus+ a uno de los estados miembros de la Unión Europea y, además, acrediten alguna de estas situaciones:

  • Haber estado becario del Ministerio de Educación o del Gobierno Vasco durante el curso 2021/2022.
  • Tener reconocida legalmente una discapacidad igual o superior al 33%.
  • Tener reconocido por algún organismo o administración el estatus de refugiado

Lo reconocimiento de la discapacidad, si no se ha entregado en la escuela o facultad para que conste a su expediente, se deberá hacer llegar junto con la solicitud de beca Erasmus.

El reconocimiento del estatus de refugiado se deberá entregar junto con la solicitud de beca Erasmus.

Los estudiantes que hayan estado becarios del Ministerio de Educación o del Gobierno Vasco en una universidad diferente a la UPC, tendrán que adjuntar la credencial de beca junto con la solicitud de beca Erasmus.

Los estudiantes con beca cero (tienen plaza de movilidad pero no beca Erasmus) no pueden disfrutar de esta ayuda.

Los importes de las ayudas de adjudicación directa, que son adicionales a los importes de la beca Erasmus, son:

Tipo de estanciaImporte
Movilidad física de larga duración (mínimo, 60 días) 250€/mes

Movilidad física de corta duración (entre 5 y 30 días)

Se hará un pago único en función de la duración de la estancia

  • 100€ (5-14 días)
  • 150€ (15-30 días)

 

Adjudicación previa solicitud al SEPIE basada en costes reales

Podrán solicitar una ayuda a la inclusión los participantes que tengan concedida una beca Erasmus+ a uno de los estados miembros de la Unión Europea y que acrediten que pertenecen a uno de los colectivos con menores oportunidades para cubrir el 100% de los gastos reales subvencionables en relación cpm sus problemas físicos, mentales o de salud. Hace falta que la solicitud se acompañe de documentos que justifiquen la situación (informes médicos, asitentes sociales, etc.) y, si procede, del presupuesto de los gastos para las cuales se reclama la ayuda.

Conceptos que se pueden cubrir con la autorización del SEPIE:

Transporte especial/adaptado del participante en el país de acogida

Gastos originados por desplazamientos desde la residencia del participante durante su movilidad hasta la institución donde haga la estancia, en aquellos casos en que la discapacidad del beneficiario afecte su autonomía para realizar estos desplazamientos.

Acompañantes

Gastos originados por personas que acompañen al participante en su desplazamiento en el país de destino y/o de origen y/o durante una visita preparatoria previa a la actividad de movilidad o durante la estancia para llevar a cabo la actividad.

Si fuera necesario, se podrá aceptar que haya más de un acompañante, siempre que sean consecutivos en el tiempo.

Se podrán incluir los gastos del viaje de ida y vuelta del país de origen al país de destino. Igualmente, otros gastos de transporte, puntuales o recurrentes, del acompañante, vinculados a las actividades de movilidad del participante al país de destino, siempre que no estén incluidos en el concepto a).

Se podrán incluir los gastos de alojamiento que sean específicos del acompañante o que incluyan al participante y al acompañante. En caso de que los gastos aducidos incluyan al participante, se podrá recibir hasta el 50% de la cantidad presupuestada.

Se podrán incluir pagos de compensación, incluida la manutención, a acompañantes como asistentes personales (no profesionales) si se documentan adecuadamente.

Servicios profesionales

Gastos originados por la contratación de servicios profesionales que resulten imprescindibles para la consecución de las funciones propias de la actividad del participante al país de acogida.

Entre estos servicios profesionales se podrían incluir, por ejemplo, intérpretes de lenguas de signos o ciertos servicios médicos o terapéuticos puntuales relacionados directamente con la discapacidad legalmente reconocida del participante.

Visitas preparatorias

Gastos originados por el desplazamiento del participante en una visita preparatoria previa a la actividad de movilidad. La visita preparatoria tendrá como objetivo principal la preparación de las actividades del participante para garantizar que puedan desarrollarse con calidad. Si el participante necesita acompañante para realizar su visita preparatoria los gastos de este se consignarán en el concepto b).

Otros gastos específicos

Gastos no contemplados en los conceptos anteriores en los cuales incurra el participante para facilitar su actividad de movilidad en el país de acogida, derivados directamente de su discapacidad legalmente reconocida.


Solicitud

Las solicitudes se pueden presentar hasta el 15 de noviembre de 2022

Debes rellenar este formulario:

Una vez rellenada, hace falta que lo hagas llegar, junto con la documentación acreditativa, a través de la instancia genérica de la Sede Electrónica de la UPC:

Justificación

Una vez finalizada la estancia, el beneficiario deberá entregar a la UPC toda la documentación justificativa de los gastos, antes de 30 días desde la finalización de la estancia. En caso de no entregar esta documentación, la ayuda será revocada y la no devolución implicará una suspensión temporal de los derechos del estudiante.

Más información

Guía de Apoyo a la Inclusión de la SEPIE

Web Erasmus+ de la Comisión Europea

Web de la SEPIE - Inclusión

Servicio de Inclusión UPC