Compartir:

Continuidad de los estudios

El director o directora o el decano o decana del centro docente, por delegación del rector o rectora, podrá, en situaciones debidamente justificadas, ampliar el plazo establecido en los apartados "Rendimiento mínimo en el primer año académico"  y "Rendimiento mínimo en la fase inicial de los estudios", respectivamente, para superar el número mínimo de créditos exigidos para el primer año académico y/o para superar el rendimiento mínimo de la fase inicial de los estudios.

De lo contrario, los estudiantes podrán solicitar al director o directora o el decano o decana del centro docente, de forma motivada y con anterioridad a la fecha que cada año se establece en las normas de matrícula, la ampliación del plazo para superar el número mínimo de créditos exigidos para el primer año académico y/o para superar el rendimiento mínimo de la fase inicial de los estudios.

Las reclamaciones contra las resoluciones emitidas por el director o directora o el decano o decana del centro docente se dirigirán al rector o rectora mediante un recurso de reposición, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la recepción de la resolución del director o del decano o decana.

El estudiante que haya sido excluido de unos estudios en aplicación de lo previsto en los apartados  "Rendimiento mínimo en el primer año académico"  y "Rendimiento mínimo en la fase inicial de los estudios" de la presente normativa podrá iniciar el mismo estudio en otro centro de la UPC o cualquier otro estudio de la UPC que no tenga la fase inicial común con el estudio del que haya sido excluido. En ambos casos deberá tener la plaza asignada por la vía de preinscripción o de acuerdo con las normas de acceso vigentes para aquellos estudios.

El estudiante que desee reiniciar los estudios de los que haya sido excluido o bien iniciar estudios diferentes pero con una fase inicial común con el estudio en cuestión, podrá hacerlo al cabo de un año desde el momento de la desvinculación si vuelve a tener una plaza asignada por la vía de preinscripción o de acuerdo con las normas de acceso vigentes para aquellos estudios.

 

 

Ir al índiceAnteriorSiguiente