Compartir:

Rendimiento mínimo en el primer año académico

Con carácter general, el estudiante que se matricule en unos estudios conducentes a la obtención de un título de grado deberá aprobar un mínimo de 12 ECTS el primer año académico de dichos estudios en la UPC, con independencia de las matrículas formalizadas.

El estudiante podrá solicitar en el centro docente el cierre del expediente por abandono de los estudios.

En caso de no superar los 12 ECTS mínimos en el primer año o que el expediente esté cerrado por abandono, el estudiante será excluido de esos estudios y no podrá seguir en el mismo centro donde los haya iniciado, ni podrá empezar ningún otro estudio de los que se impartan en el centro que tenga definida una fase inicial común con el estudio del que haya sido excluido.

Los estudiantes que se incorporen a unos estudios habiendo cursado anteriormente otros estudios universitarios requerirán una consideración especial. Cuando, en aplicación de las normas de matrícula establecidas, un estudiante no pueda matricularse durante el primer año académico de 12 ECTS, deberá superar todos los créditos de que se haya podido matricular.

 

 

Ir al índiceAnteriorSiguiente