Reconocimiento de créditos cursados en enseñanzas universitarias no oficiales
La memoria de verificación de la titulación regula el número máximo de créditos que se pueden reconocer por estudios universitarios no oficiales y no puede superar el 15% de los créditos de la titulación.
Estudios universitarios no oficiales que han sido sustituidos por títulos oficiales
Tal como prevé el artículo 10 del Real Decreto 822/2021, en el caso de los títulos propios ya extinguidos y sustituidos por un título oficial de grado se puede reconocer un porcentaje superior al 15 % o, incluso, la totalidad de los créditos del título propio, siempre de acuerdo con los términos expresados en la memoria de verificación de los estudios. En cualquier caso, el número máximo de créditos que pueden reconocerse en los estudios de grado no puede superar en ningún caso 180 ECTS y no puede incluir el trabajo de fin de grado.
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