Accesibilidad aplicación móvil

Declaración de accesibilidad

La Universitat Politècnica de Catalunya se ha comprometido en hacer accesible su sitio web de conformidad con el Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público (en adelante, Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre), por el que se traspone la Directiva (UE) 2016/2102 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de octubre de 2016.

La presente declaración de accesibilidad se aplica a la aplicación APP UPC disponible para dispositivos móviles.

Situación de cumplimiento

Este sitio web es parcialmente conforme con el Real Decreto 1112/2018 y con el Decreto 216/2023.

Contenido no accesible

Informe de Revisión de Accesibilidad (IRA) en proceso.

Preparación de la presente declaración de accesibilidad

Esta declaración está en proceso de realización

Última actualización de esta declaración: en proceso

Observaciones  y datos de contacto

Se pueden realizar comunicaciones sobre requisitos de accesibilidad (artículo 10.2.a del Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre) al correo area.tic@upc.edu, como por ejemplo:

  • Informar sobre cualquier posible incumplimiento por parte de este sitio web
  • Transmitir otras dificultades de acceso al contenido
  • Formular cualquier otra consulta o sugerencia de mejora relativa a la accesibilidad del sitio web.

Las comunicaciones serán recibidas y tratadas por la Unidad Responsable de Accesibilidad.

Solicitudes de información accesible y quejas

Para hacer solicitudes de información accesible y quejas (artículo 12 del Real Decreto 1112/2018) se ha de presentar una instancia genérica del registro general de la Universitat Politècnica de Catalunya. 

Cualquier persona física o jurídica puede formular quejas relativas al cumplimiento de los requisitos del Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, y solicitar información relativa a contenidos que estén excluidos del ámbito de aplicación de esta normativa.

Las solicitudes y quejas que se registran conforme a los requisitos establecidos por la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Procedimento de aplicación

Si una vez realizada una solicitud de información accesible o queja, esta hubiera sido desestimada, no se estuviera de acuerdo con la decisión adoptada, o la respuesta no cumpliera los requisitos contemplados en el artículo 12.5, la persona interesada podrá iniciar una reclamación. Igualmente se podrá iniciar una reclamación en el caso de que haya trascurrido el plazo de veinte días hábiles sin haber obtenido respuesta.

La reclamación se puede presentar a través de la instancia genérica del registro general de la Universitat Politècnica de Catalunya. La reclamación será tratada por el registro general y transmitida a la Unidad  Responsable de Accesibilidad.